Ley Impositiva: Ejercicio 1999 Artículo 9 bis Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Ley Impositiva: Ejercicio 1999 Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 9 bis. TASAS RETRIBUTIVAS ESPECIALES DE LA SECRETARIA DE HIDROCARBUROS
1. Certificado de Origen de la Producción Hidrocarburífera:Fijase una tasa del uno por ciento (1%) del valor F.O.B., de los hidrocarburos procesados en el territorio provincial y exportados al territorio continental nacional, cuando se requiera el certificado de origen de la producción, en los términos de las Leyes nacionales 19.640 23.018. Dicho importe será del dos por ciento (2%) cuando se trate de exportaciones a otros países. Los importes a abonar serán determinados en forma provisoria y reajustados una vez concretado el embarque y emitido su correspondiente cumplido de acuerdo a la legislación aduanera correspondiente.
2. Tasas y Tarifas Hidrocarburíferas:
a) Por servicios de análisis, evaluación y control de la ejecución de los proyectos de inversión presentados ante la autoridad de aplicación provincial, se abonará una tasa del cinco por ciento (5%) sobre el monto total de la inversión proyectada;
b) por servicios de fiscalización extraordinaria, inspección y pasivo ambiental de la actividad hidrocarburíferas, litros de Gas Oil cuarenta (40) y por hora más litros de Gas Oil dos (2) por kilómetro recorrido (ida y vuelta).
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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